“El Silala es un río que tiene su origen en una vertiente que brota al pie del cerro del mismo nombre –en territorio de Bolivia— e ingresa posteriormente a territorio de Chile”, señalaba en 1996 la Cancillería de Bolivia.
En 2016, cuando el gobierno de Evo Morales esbozaba un litigio por las aguas del Silala, el entonces canciller de Chile, Heraldo Muñoz, invocaba el Tratado de 1904 para señalar que aquel era un río, no un manantial.
Años después, con el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre la causa “Disputa sobre el estatus y el uso de las aguas del Silala”, la polémica se instaló sobre el eventual reconocimiento del manantial como río.
Si bien, en la lectura de la sentencia la presidenta de la CIJ, Joan Donoghue, se refirió en varios pasajes del dictamen al Silala como río, la resolución no precisa esa nominación.
Fallo
Ambos países deben hacer “uso equitativo y razonable se aplica a toda el agua del Silala, independientemente de su característica artificial o natural”, dijo.
“La Corte constata que Bolivia reconoce que las aguas del Silala se clasifican como curso de agua internacional”, complementó Donoghue
En su contrademanda en el juicio iniciado ese año por Chile, Bolivia reivindicó con persistencia la soberanía de las aguas del manantial Silala, aunque luego admitió —sin referirse a río— que dicho curso es internacional.
En cambio, Chile defendió que “el sistema del río Silala, junto con las porciones subterráneas de su sistema, es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario”.
Tratado de 1904
El 25 de marzo de 2016, en medio de una polémica bilateral sobre la naturaleza del Silala, el canciller Muñoz mostró un mapa que, según dijo, acompañaba al Tratado de 1904 que Chile y Bolivia firmaron para dar fin a la Guerra del Pacífico.
“Este mapa es decidor y es un antecedente muy importante para nosotros, porque Chile siempre ha defendido la integridad del Tratado de 1904 que fijó las fronteras de manera definitiva entre ambos países”, explicó el funcionario.
Revisando el Tratado firmado el 20 de octubre de ese año, se hace referencia al “cerrito Silala”, en la conexión del Volcán Apagado, entre el punto 15 y 16, en la definición de límites Sur y Norte.
Concesión de 1908
Desde que en 1908 la Prefectura de Potosí concedió el uso de las aguas del Silala a la empresa chilena The Antofagasta and Bolivia Railway Company Limited, no hubo mayor conflicto.
Sin embargo, en 1996 Bolivia denunció que Chile había construido, sin consultar con La Paz, canales artificiales para “desviar” las aguas hacia su territorio.
Entonces, la Cancillería de Bolivia, en el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, emitió un comunicado con la precisión de que el Silala es un río.
‘Río Silala’
“El Silala es un río que tiene su origen en una vertiente que brota al pie del cerro del mismo nombre –en territorio de Bolivia— e ingresa posteriormente a territorio de Chile”, señalaba el documento.
“Dicho de otro modo, Bolivia es dueño del curso superior de ese río y Chile, del inferior”, explicaba.
En la lectura de la sentencia en el litigio entre Bolivia y Chile, la jueza Donoghue dijo que “las partes están de acuerdo en que el río Silala es un curso de agua internacional”.
Hay otra referencia más respecto de la nominación de río. En 1999, durante el gobierno de Hugo Banzer Suárez, el Instituto Geográfico Militar (IGM) modificó el término “río Silala” por el de “vertientes del Silala” en todos los mapas.
Estudio científico
Para su defensa científica en la CIJ, Bolivia contrató a la firma danesa Danish Hydraulic Institute (DHI), que hizo la perforación de 29 pozos de profundidades de entre cinco y 150 metros en el Silala para determinar el volumen y el curso.
Estableció que “la principal fuente del agua superficial de los manantiales del Silala es la descarga de aguas subterráneas”.
Bolivia dijo que parte de esa descarga va hacia Chile, de manera “considerable” a través de los canales artificiales, aunque Santiago afirmó que es “insignificante”.
Canales artificiales
El DHI sostuvo que de quitarse los canales y restaurarse los bofedales, habrá una disminución del caudal de entre 11 y 33 litros por segundo.
La Corte estableció que Bolivia tiene derecho a desmantelar esos canales artificiales, además de restaurar los bofedales afectados por esa infraestructura.
Chile inició la demanda a Bolivia el 6 de junio de 2016 y Bolivia respondió con una contrademanda en agosto de 2018. La CIJ declaró no ha lugar la demanda chilena y no consideró las contrademandas bolivianas en razón de los acuerdos bilaterales previos a la sentencia.
El Silala es un conjunto de vertientes y pozos de agua que se encuentra en Quetena, en la provincia Sud Lípez, en Potosí.
POR RUBÉN ATAHUICHI
En 2016, cuando el gobierno de Evo Morales esbozaba un litigio por las aguas del Silala, el entonces canciller de Chile, Heraldo Muñoz, invocaba el Tratado de 1904 para señalar que aquel era un río, no un manantial.
Años después, con el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre la causa “Disputa sobre el estatus y el uso de las aguas del Silala”, la polémica se instaló sobre el eventual reconocimiento del manantial como río.
Si bien, en la lectura de la sentencia la presidenta de la CIJ, Joan Donoghue, se refirió en varios pasajes del dictamen al Silala como río, la resolución no precisa esa nominación.
Fallo
Ambos países deben hacer “uso equitativo y razonable se aplica a toda el agua del Silala, independientemente de su característica artificial o natural”, dijo.
“La Corte constata que Bolivia reconoce que las aguas del Silala se clasifican como curso de agua internacional”, complementó Donoghue
En su contrademanda en el juicio iniciado ese año por Chile, Bolivia reivindicó con persistencia la soberanía de las aguas del manantial Silala, aunque luego admitió —sin referirse a río— que dicho curso es internacional.
En cambio, Chile defendió que “el sistema del río Silala, junto con las porciones subterráneas de su sistema, es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario”.
Tratado de 1904
El 25 de marzo de 2016, en medio de una polémica bilateral sobre la naturaleza del Silala, el canciller Muñoz mostró un mapa que, según dijo, acompañaba al Tratado de 1904 que Chile y Bolivia firmaron para dar fin a la Guerra del Pacífico.
“Este mapa es decidor y es un antecedente muy importante para nosotros, porque Chile siempre ha defendido la integridad del Tratado de 1904 que fijó las fronteras de manera definitiva entre ambos países”, explicó el funcionario.
Revisando el Tratado firmado el 20 de octubre de ese año, se hace referencia al “cerrito Silala”, en la conexión del Volcán Apagado, entre el punto 15 y 16, en la definición de límites Sur y Norte.
Concesión de 1908
Desde que en 1908 la Prefectura de Potosí concedió el uso de las aguas del Silala a la empresa chilena The Antofagasta and Bolivia Railway Company Limited, no hubo mayor conflicto.
Sin embargo, en 1996 Bolivia denunció que Chile había construido, sin consultar con La Paz, canales artificiales para “desviar” las aguas hacia su territorio.
Entonces, la Cancillería de Bolivia, en el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, emitió un comunicado con la precisión de que el Silala es un río.
‘Río Silala’
“El Silala es un río que tiene su origen en una vertiente que brota al pie del cerro del mismo nombre –en territorio de Bolivia— e ingresa posteriormente a territorio de Chile”, señalaba el documento.
“Dicho de otro modo, Bolivia es dueño del curso superior de ese río y Chile, del inferior”, explicaba.
En la lectura de la sentencia en el litigio entre Bolivia y Chile, la jueza Donoghue dijo que “las partes están de acuerdo en que el río Silala es un curso de agua internacional”.
Hay otra referencia más respecto de la nominación de río. En 1999, durante el gobierno de Hugo Banzer Suárez, el Instituto Geográfico Militar (IGM) modificó el término “río Silala” por el de “vertientes del Silala” en todos los mapas.
Estudio científico
Para su defensa científica en la CIJ, Bolivia contrató a la firma danesa Danish Hydraulic Institute (DHI), que hizo la perforación de 29 pozos de profundidades de entre cinco y 150 metros en el Silala para determinar el volumen y el curso.
Estableció que “la principal fuente del agua superficial de los manantiales del Silala es la descarga de aguas subterráneas”.
Bolivia dijo que parte de esa descarga va hacia Chile, de manera “considerable” a través de los canales artificiales, aunque Santiago afirmó que es “insignificante”.
Canales artificiales
El DHI sostuvo que de quitarse los canales y restaurarse los bofedales, habrá una disminución del caudal de entre 11 y 33 litros por segundo.
La Corte estableció que Bolivia tiene derecho a desmantelar esos canales artificiales, además de restaurar los bofedales afectados por esa infraestructura.
Chile inició la demanda a Bolivia el 6 de junio de 2016 y Bolivia respondió con una contrademanda en agosto de 2018. La CIJ declaró no ha lugar la demanda chilena y no consideró las contrademandas bolivianas en razón de los acuerdos bilaterales previos a la sentencia.
El Silala es un conjunto de vertientes y pozos de agua que se encuentra en Quetena, en la provincia Sud Lípez, en Potosí.
POR RUBÉN ATAHUICHI
Diario La Razon